domingo, 27 de julio de 2008

MANUAL DE PARTICIPACION CIUDADANA


Coautor/ Consejería Presidencial para el Desarrollo Institucional.


Como podemos ver, la Constitución de 1991 es un gran sistema de participación. Allí hay espacios para los diferentes actores del país nacional.

Una de las grandes conquistas de la Carta del 91 es el de haber pasado de una democracia restringida a una participativa.

Hoy el protagonista no solo son quienes representan, sino el mismo ciudadano, que dinamiza los cambios y forma parte de la planeación y el control. Además de las facultades que le otorga el artículo 40, son nueve numerales los que le otorgan un poder al ciudadano que, de hacerse efectivo, se constituye en una herramienta básica para la construcción de tejido social.
La Constitución Política de 1991, a contrario a la de 1886, es de carácter participativo. Ella fue construida con base en consensos sociales y no partió de la visión de un grupo, desde el Preámbulo asegura un marco jurídico, democrático y participativo, en el contexto del modelo de nuestro Estado social de derecho, que organiza al Estado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, es decir, busca y exalta a la persona humana como el deber ser de toda manifestación[1].
Dentro del quehacer, sus fines esenciales, se encuentra el poder facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación[2], lo cual es prenda de garantía para que las personas participen, más en una soberanía que tiene una doble connotación: la popular, que es la que edifica conceptos propios que parten del constituyente primario, como base del poder constituyente[3].
[1] Art. 1°.
[2] Art. 2°.
[3] Art. 3°.

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